Ciudad del Vaticano.- El papa Francisco promulgó hoy dos nuevas leyes que permiten levantar el secreto pontificio en las denuncias, procesos y decisiones sobre casos de abusos a menores por miembros de la iglesia.
La instrucción “Sobre la confidencialidad de las causas” entró en vigor inmediatamente y establece que las diócesis de cada país, deben proporcionar toda la documentación sobre los procesos y denuncias que solicite la autoridad judicial.
Especifica que “no puede imponerse ningún vínculo de silencio con respecto a los hechos encausados ni al denunciante, ni a la persona que afirma haber sido perjudicada ni a los testigos”.
La segunda ley considera que un clérigo comete delito de pornografía infantil con “la adquisición o posesión o divulgación, con un fin libidinoso, de imágenes pornográficas de menores de 18 años”.
Sobre la decisión dada por el @Pontifex_es en relación al Secreto Pontificio https://t.co/9TXy2lkDEi
— CEPROME (@cepromeupm) December 17, 2019
El Motu Proprio, promulgación de la ley, eleva formalmente a 18 años la edad mínima para que la pornografía no sea considerada infantil, que hasta ahora eran 14 años.
Este cambio reglamentario abre la posibilidad de que a lo largo de las denuncias, procesos y sentencias concernientes a abusos sexuales a menores y a personas vulnerbales se podrá accesar a través de un rogatorio internacional en los casos vinculados a la Santa Sede; y, en lo que respecta a los casos de las diócesis, directamente con el obispo u ordinario.
El documento recuerda a todos los miembros de la Iglesia católica que "el secreto de oficio no obsta para el cumplimento de las obligaciones establecidas en cada lugar por la legislación estatal".
La instrucción sólo detalla que en cinco puntos extraordinarios se debe tener cautela con el manejo de datos personales "de manera que se garantice su seguridad, integridad y confidencialidad".
Con ello se modifican los artículos sexto, decimotercero y decimocuarto del Sacramentorum Sanctitatis Tutela, legislativo que delinea los delitos que deben considerarse reservados. Con ello también se elimina la obligación de que el abogado y procurador sea un sacerdote.
Sin embargo, la Santa Sede aclara que esta instrucción que elimina el secreto pontificio no interfiere con el sigilo sacramental de la confesión. El secreto de confesión sigue siendo una obligación impuesta al sacerdote.
Hasta ahora, el Derecho Canónico imposibilitaba compartir las denuncias, informes y documentaciones en posesión de la iglesia con las autoridades civiles. (Con información de Siete24.mx)