Muchas reflexiones me llevan a pensar que los levantamientos cristeros entre 1926 y 1929 lo fueron más por los actos persecutorios fuera de las leyes, tanto del gobierno callista como de otros políticos anticatólicos, que por la aplicación de los artículos anticatólicos de la Constitución de 1917 y de la llamada Ley Calles, un decreto con adiciones a la legislación penal vigente entonces, dirigidas en contra de la libertad religiosa en el país.
Durante muchos años, desde los gobiernos de Juárez, en que se incluyeron controles en contra de la iglesia en la Constitución de 1857 y en las leyes conocidas como de Reforma de entonces, los católicos en general, no solamente la jerarquía, fueron objeto de ataques, algunos dentro de esas leyes y otros completamente violatorios de la Constitución y leyes vigentes.
Tras unos años de tolerancia en aplicación de las leyes en contra de la iglesia, de parte del presidente Porfirio Díaz, ya en tiempos de la Revolución Mexicana, muchos de esos ataques a los católicos se fueron incrementando. Vino la nueva Constitución de 1917, que incluyó nuevas medidas en contra de la iglesia, como la adición del artículo 130, que no existía.
El general Álvaro Obregón, ya como presidente de 1920 a 1924, persiguió a la iglesia y permitió diversas violaciones a los derechos de la población católica y de la jerarquía. Y desde diciembre de 1924 el nuevo presidente, Plutarco Elías Calles, arreció las persecuciones en contra de los católicos, algo que ya había hecho como gobernador de Sonora. Y en junio de 1926 firmó un decreto reformatorio del Código Penal, que publicó en julio siguiente, y que entró en vigor el 31 del mes. Ante las medidas en contra de la vida religiosa de México, los obispos decidieron detener los actos públicos de culto. Al día siguiente, el 1 de agosto, el gobierno tomó posesión de los templos.
En ese mismo mes de agosto de 1926 se iniciaron los levantamientos armados en contra del gobierno por quienes se les fue conociendo como cristeros, en razón de su proclama de ¡Viva Cristo Rey! ¿Podríamos pensar que esos levantamientos fueron tan pronto tras la suspensión del culto y la toma gubernamental de los templos? Considero que no fue esa la razón principal. ¿Cuál era?
Los católicos se fueron levantando en armas para defender a sus sacerdotes, a sus católicos destacados, a sus templos y a la vida católica en general. Se fueron cometiendo muchos crímenes completamente fuera de las disposiciones legales de la Constitución del 17 y de la Ley Calles. Arreciaron los ataques, ultrajes, robos, martirios y asesinatos contra sacerdotes, líderes católicos y simples ciudadanos que practicaban su fe con sus familias.
Durante todo el periodo de la conocida guerra cristera o “cristiada”, y a pesar de la defensa de esos grupos combatientes contra los múltiples actos persecutorios, el gobierno callista los combatió tanto militarmente como por otros medios, policiales y de autoridad o de grupos a su servicio, como algunos agraristas. Y muchos de esos actos no fueron por aplicación de las leyes anticatólicas, sino por aplicarlas en exceso y mucho también, demasiado, completamente fuera de la ley. Pero no solamente el gobierno federal cometió crímenes violando los derechos constitucionales, sino que también lo hicieron algunos gobernadores y líderes políticos enemigos del catolicismo.
La gran mayoría de los muertos por martirio reconocidos y hasta llevados a los altares, eran personas completamente ajenas a los grupos cristeros. Sus actividades no tenían nada que ver con la violencia, sino con sus actividades de culto.
Cada vez que un sacerdote oficiaba misa en lugares particulares, confesaba, casaba o bautizaba, corría peligro de persecución, martirio y muerte, como precisamente llegó a suceder, y también los sufrían quienes alojaban a sacerdotes o les prestaban sus hogares para celebrar actos de culto.
Hay muchos casos documentados en su momento de martirio y asesinato de católicos, la mayoría en pueblos, templos, organizaciones de fieles y hasta en familias, de los cuales no se tiene un registro central. Pero los mártires que han sido beatificados o canonizados, fueron prácticamente ciudadanos ajenos totalmente a la cristiada. Un santo que sí era cristero fue el niño José Santos Del Río. Un caso muy destacado fue el fusilamiento sin juicio previo del jesuita Miguel Agustín Pro, de su hermano Humberto y otro inocente, Juan Tirado, quienes nada tenían que ver con los cristeros. Años después Calles reconoció que sabía que el Padre Pro era inocente.
Así, las persecuciones en contra de lo católico eran actos completamente delictivos, criminales, completamente fuera de la aplicación, como digo, de lo dispuesto en la Constitución y la Ley Calles. Y esos actos criminales eran los que originaban en las conciencias de muchos mexicanos, el lanzarse a combatir al gobierno perseguidor y tolerante total de las violaciones a los derechos humanos por otras autoridades, por elementos militares y otros enemigos de los católicos.
Sin duda que la aplicación más que estricta de las disposiciones anticatólicas de la Constitución y de la Ley Calle causaron muchos daños a los católicos mexicanos, en su persecución en contra de sus sacerdotes y sus obispos, algunos de los cuales fueron expulsados del país anticonstitucionalmente.
Durante la cristiada de 1926 a 1929, el gobierno de Calles intentó varias veces convencer a los cristeros alzados de retirarse amnistiados, pero no lo hacía por dejar de realizar los ataques en contra de la iglesia, sino para quitarse esa pesadilla de encima, que le causaba enormes gastos y problemas, incluyendo en sus relaciones con Estados Unidos. Es decir, que seguía permitiendo la persecución, tanto “legal” como criminal.
En junio de 1929 finalmente, y con intervención del gobierno de Estados Unidos por medio de su embajador Morrow, se firmaron los que se llamó “acuerdos” entre dos obispos y el presidente interino Emilio Portes Gil. Eso detuvo la guerra cristera, y redujo en parte la aplicación de las leyes anticatólicas, en especial las contenidas en la Ley Calles. Pero en México se siguieron dando actos persecutorios que no eran de aplicación de las leyes sino crímenes auténticos.
En resumen, la cristiada defendió a los católicos, en especial a sus clérigos y obispos, contra la violación a la libertad religiosa, tanto por la aplicación de preceptos constitucionales y legales anticatólicos, como por los graves hechos criminales de los gobiernos federal y locales, así como de grupos anticatólicos al servicio de los poderosos. La persecución fue más criminal que “legal”.

