La búsqueda de justicia para víctimas de abuso sexual cometidos por el líder espiritual de la iglesia de La Luz del Mundo (LLDM) ha tomado algunos giros inesperados que, por un lado, hacen cuestionar el papel de las autoridades civiles ante estos complejos casos y que, por otro, ponen en perspectiva la forma en cómo las comunidades religiosas asimilan y asumen sus responsabilidades en la protección de menores y personas vulnerables de abuso.
Pongamos en contexto: Naasón Joaquín García, reconocido como ‘apóstol’ por la LLDM, fue detenido en 2019 en Estados Unidos acusado por múltiples cargos de abuso sexual contra menores de edad y miembros de la organización religiosa que él lidera de forma omnímoda; fue sentenciado en California por estos delitos cometidos entre 2015 y 2018; y aunque su defensa originalmente proclamó inocencia, terminó declarándose culpable de tres cargos para acordar con las autoridades penales una condena reducida de 16 años y 8 meses.
Ahora enfrenta nuevas acusaciones federales en EU por trata de personas y crimen organizado; y en México hay investigaciones sobre su probable participación en delincuencia organizada. Las estrategias de su defensa han sido muy significativas. Por ejemplo, en México, lograron que las autoridades de la fiscalía dieran carpetazo al tema (quién sabe qué resortes políticos se usaron para ello); aunque después –y sólo gracias a la presión mediática– el propio gobierno mexicano tuvo que recular y pedir al juez responsable reabrir la carpeta.
Por su parte, en Estados Unidos la defensa ha tomado un oscuro camino estratégico para desestimar total o parcialmente el proceso contra el Naasón acusado de tráfico sexual, explotación sexual de menores, pornografía infantil y otros cuatro delitos.
Hace unos días, los abogados del líder heredero enviaron una carta a la jueza Loretta Preska en la que deslizan dos ideas centrales para disuadirla de continuar el proceso contra Naasón: Que LLDM está recibiendo un trato discriminatorio por parte de la fiscalía, y que la acusación presentada por el Departamento de Justicia criminaliza actuaciones y creencias que, en realidad, se sustentan en una fe religiosa, lo cual no debería ser objeto de cuestionamientos: “No hay jurisprudencia que convierta un acto sexual entre adultos en delito solo porque una parte acepta por creer que agrada a Dios o mejora su destino espiritual”, dice a la letra el escrito de los abogados de Naasón.
Sobre el primer tema (la discriminación religiosa), los abogados de LLDM acusan a las autoridades de no dar el mismo trato al apóstol Naasón que a la Iglesia católica, institución religiosa también denunciada en múltiples ocasiones por casos de abuso sexual cometidos por sus clérigos y de encubrimiento por parte de sus superiores. Y sobre lo segundo, la defensa pretende relativizar los actos de coacción y chantaje sufridos por las víctimas del líder espiritual al afirmar que las personas que ahora reclaman el delito de violación en realidad tenían un legítimo deseo de superación terrenal y espiritual.
Aceptemos –sin conceder– que el trato de las autoridades jurídicas en el fondo sí está siendo diferenciado; pero quizá lo es porque la reacción de ambas instituciones está siendo realmente opuesta: mientras los abogados de la LLDM buscan relativizar la culpabilidad del abuso revistiéndola como ‘práctica religiosa’, el camino que ha tomado la Iglesia católica ha sido del de ampliar la tipificación del delito tanto dentro como fuera de la instancia religiosa al afirmar que el abuso sexual es muchas veces un síntoma del abuso de poder.
Es decir, la defensa del líder religioso de LLDM pretende revisar los límites de actuación del Estado en las instituciones religiosas. Así, intentan relativizar el delito porque –bajo esta perniciosa perspectiva– lo que para el marco civil pudiera ser “abuso sexual”, para la doctrina de esa religión sería una práctica espiritual o devocional libremente elegida.
Por el contrario, la reacción de la Iglesia católica –de los últimos pontífices Benedicto XVI y Francisco– ha sido completamente distinta. Debido a la crisis de abusos sexuales al interior de la Iglesia católica, todas sus instancias disciplinares y canónicas se han visto obligadas a actualizar sus mecanismos de actuación, tanto en las responsabilidades de los obispos como en la participación formal de las instituciones religiosas con las autoridades judiciales para resolver a favor de la justicia. La respuesta de las instituciones católicas ante el fenómeno ha sido una exploración más profunda de las causas y las consecuencias del abuso.
Francisco reformó profundamente el derecho penal eclesiástico para mejorar la rendición de cuentas, proteger a las personas vulnerables y facilitar la denuncia de las víctimas.
Por ejemplo, para la Iglesia el abuso se comete contra toda persona vulnerable no sólo contra menores, sino por relaciones asimétricas de poder (físico, psicológico, emocional o espiritual) como podría pasar entre un confesor y un penitente; se penaliza el engaño y la manipulación para acercarse a las víctimas; se prohíbe y sanciona toda participación directa e indirecta en la ponografía infantil; se castiga a superiores religiosos y obispos que actúen con negligencia o encubran casos de abusos sexuales; se ordena la obligatoriedad de que las diócesis tengan sistemas accesibles y estables para recibir y atender denuncias; se ha ampliado el plazo de prescripción para los delitos de abuso sexual a menores; y se puso fin al ‘secreto pontificio’ en casos de abuso sexual, facilitando la colaboración con las autoridades civiles.
En principio, el enfoque disciplinar vigente de la Iglesia católica debe estar en la atención, el acompañamiento, la protección y la reparación de los daños causados a las víctimas.
Por supuesto, aún falta mucho por hacer en materia de prevención y atención; sin embargo, es claro que hablamos de dos formas antitéticas de reaccionar. Para la Iglesia católica, los casos de abuso sin duda afectaron y aún afectan su credibilidad, pero no se han refugiado en misticismos o justificaciones espirituales sobre sus crímenes; y claro, los avances canónicos y pastorales que se han dado a favor de las víctimas no han sido inspiraciones inmotivadas sino efectos de la presión mediática, del escándalo social y de un amplio compromiso de fieles y expertos para denunciar, con justicia y caridad, lo que no jamás tener cabida en una religión o en la sociedad: el abuso de poder.
*Director VCNoticias.com
@monroyfelipe

