Ciudad de México.- La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral ha solicitado a la Secretaría de Gobernación ejercer acción contra algunos ministros de culto católicos cuyas opiniones políticas fueron expresadas durante las pasadas campañas electorales. Y aunque distinguieron diferencias entre discursos que exclusivamente motivaron la participación electoral de los ciudadanos y discursos cuya finalidad fue orientativa del voto; los magistrados coincidieron en que los ministos señalads sí violaron principios constitucionales de separación Iglesia-Estado.
Los magistrados se refirieron a los videos difundidos por los cardenales Juan Sandoval Íñiguez (emérito de Guadalajara) y Carlos Aguiar Retes (arzobispo de México); así como por las palabras del obispo de Cancún-Chetumal, Pedro Pablo Elizondo Cárdenas, y los sacerdotes Mario Ángel Flores Ramos (exrector de la Universidad Pontificia de México) y el influencer legionario, Ángel Espinosa de los Monteros.
En el debate de la Sala Regional se hizo una distinción entre las expresiones vertidas por el cardenal Sandoval (que en su momento se presentaron ante el Tribunal Electoral para declarar nulas las elecciones de junio pasado) y las hechas por el resto de ministros. Aguiar y Elizondo sólo llamaron a la ciudadanía y a sus fieles a participar del proceso electoral y ejercer un 'voto razonado'; mientras que los sacerdotes sí hicieron críticas al poder político mientras orientaban a la grey a votar en conciencia.
La resolución de la Sala Regional fue que los cinco ministos sí cometieron una trasgresión a los principios de separación Iglesia-Estado de la República laica mexicana y vulneraron la equidad y la igualdad de la contienda electoral conforme lo sanciona la Ley de Asociaciones Religiosas y de Culto Público en México; sin embargo, también se acusó al cardenal Juan Sandoval de vulnerar la veda electoral que es un criterio democrático mexicano que no sólo alcanza a ministros de culto. En el resto de casos, los magistrados consideraron 'inexistente' la vulneración a la veda electoral atribuible a los otros ministros.
La ley del Estado mexicano, configurada con los procesos históricos de la Reforma, la Revolución y la Guerra Cristera, exige a los ministros de culto religiosos a abstenerse de participar de los procesos políticos en México; y la violación a la Ley de Asociaciones Religiosas o a las custodiadas por los tribunales electorales exige la intervención de la Secretaría de Gobernación para amonestar, multar, sancionar o revocar derechos a los ministros o asociaciones religiosas que trasgredan la ley.
Al final de la sesión, los magistrados de la Sala Regional del TEPJF exhortaron a todas las iglesias, a las autoridades de todas las religiones presentes en México y a los ministros de culto de abstenerse "de intervenir en procesos políticos o electorales".